Desde el día 1 de octubre de 2018, los trabajadores autónomos deben realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones.
La Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo reguladora del Sistema RED en el ámbito de la Seguridad Social, establece la obligatoriedad de los trabajadores autónomos para incorporarse a dicho Sistema.
Para cumplir con esta obligación el trabajador puede optar por:
- acogerse a este Sistema y gestionar sus trámites a través de un autorizado RED o,
- directamente hacer uso de los servicios electrónicos disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
Ámbito de aplicación de la orden
Los colectivos afectados por lo dispuesto en la Orden Ministerial son:
- Los trabajadores autónomos.
- Los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios.
- Los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Contenido de la obligación para los autónomos
- Gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas.
- Recepción, por comparecencia en la SEDESS, de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Fecha entrada en vigor
Se ha fijado un período transitorio de adaptación de seis meses desde su entrada en vigor.
La obligación será efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados.

Servicios que ofrece la sede electrónica
Gestión de trámites:
- Cursar el Alta y la Baja.
- Formular el cambio de base de cotización.
- Modificar la actividad.
- Solicitar la modificación, para el año siguiente, de los datos de cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, cese de actividad y Mutua.
- Cursar la variación de datos.
Solicitar informes y certificados:
- Duplicado de la resolución del alta o de la baja.
- Informe o consulta sobre las bases de cotización y las cuotas ingresadas en el Régimen.
- Certificado e informe de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.
Otros servicios:
- Informe de vida laboral.
- Informe de bases de cotización.
- Domiciliación en cuenta. (Domiciliación del pago de cuotas a la seguridad social)
- Cambio de domicilio.
- Comunicación de teléfono y correo electrónico.
- Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales.
- Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social.
- Consulta de deudas y obtención de documentos de ingreso.
- Pago con tarjeta de deudas con la Seguridad Social.
Para completar esta información relativa a los derechos y obligaciones de los trabajadores autónomos, pueden consultar los siguientes artículos:
Si eres autónomo o autónomo societario, en Área estamos a tu disposición para ocuparnos de las necesidades y obligaciones respecto a la Tesorería de la S.Social:
- Responsabilizarnos de las notificaciones que la Tesorería hace a través del buzón telemático
- Tramitar partes de alta o baja del autónomo
- Tramitar sus cambios de bases de cotización
- Tramitar sus partes de incapacidad temporal
- Certificados de estar al corriente de pago
Si eres autónomo y quieres empezar a realizar tus trámites a través del sistema RED puedes enviarnos tu solicitud de información y/o presupuesto:
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