Ya se puede reclamar individualmente frente a un ERE cerrado con acuerdo.
17 septiembre 2021 – En este artículo vamos a comentar la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) 140/2021, de 12 de julio, en la que se revisa la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS). El TC considera que toda persona trabajadora cuyo contrato se extingue por un expediente de regulación de empleo (ERE), tiene derecho a demandar individualmente por despido y que el juzgador entre a analizar los motivos alegados por la empresa en el proceso negociador (causas económicas, técnicas, organizativas o productivas), aunque el ERE se hubiera cerrado con acuerdo con los representantes legales de los trabajadores (RLT). De esta forma anula la sentencia del TS de 02 de julio de 2018, dictada en recurso de casación para unificación de doctrina, que limitaba dicha posibilidad.











