El Tribunal Supremo en sentencia de 1 de octubre de 2013 ha declarado improcedente el cese de un trabajador fijo discontinuo.
La sentencia considera que una relación continuada en el tiempo, que se mantiene de forma ininterrumpida al margen de cualquier actividad cíclica o temporal, no responde a las características propias del contrato fijo discontinuo.
Por tanto declara la improcedencia del despido por carecer en absoluto de justificación el cese del trabajador.
La sentencia considera que una relación continuada en el tiempo, que se mantiene de forma ininterrumpida al margen de cualquier actividad cíclica o temporal, no responde a las características propias del contrato fijo discontinuo.
Por tanto declara la improcedencia del despido por carecer en absoluto de justificación el cese del trabajador.