Subvenciones 2021 de la Comunidad de Madrid para fomento del empleo y reincorporación de trabajadores procedentes de ERTES por COVID

La Comunidad de Madrid ha actualizado su Programa de Incentivos a la Contratación 2021. Mantiene las ayudas ya existentes tanto de fomento a la contratación, como para reincorporación de trabajadores afectados por la situación de la Covid-19. Te resumimos a continuación las principales:

El primer grupo de incentivos está dirigido a los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Son 4 tipos de ayudas:

a) Impulso a la Contratación en Prácticas.

b) Impulso al Contrato de Formación y Aprendizaje

c) Contratación Estable de Jóvenes

d) Mi primer Empleo Joven

 El segundo grupo es por la contratación indefinida para los siguientes casos:

a) Incentivos para la contratación indefinida inicial

b) Incentivos para la conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos.

c) Incentivos a la reincorporación de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la suspensión de contratos.

d) Incentivos al restablecimiento de la jornada laboral de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la reducción de jornada.

e) Incentivos para el mantenimiento del empleo de mayores de 50 años.

f) Incentivos por ampliación a jornada completa de contratos indefinidos a tiempo parcial.

¿A quién va dirigido?

A Empresas, Autónomos y Entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro.

¿En qué consisten las ayudas?

A continuación, explicamos cada una de las ayudas correspondientes a cada grupo.

Incentivos para los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

a) Impulso a la contratación en Prácticas

Contratación en prácticas durante al menos 6 meses de jóvenes inscritos como del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en una ocupación directamente relacionada con su titulación y acorde a su nivel de estudios o formación.

Cuantía de las ayudas:

4.500 € por cada contrato en prácticas a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de al menos, 6 meses.

Si el contrato se formaliza con un joven, que cumpliendo los requisitos para formalizar este tipo de contrato, hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 5.000€.

Se incrementará en 500€ en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.

En el supuesto de contratación a tiempo parcial el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Convocatoria: Abierta. Plazo: Indefinido

b) Impulso al contrato de Formación y Aprendizaje.

Destinado a jóvenes mayores de 16 años y menores de 25, salvo para discapacitados y colectivos en exclusión social, que no se les aplicará el límite de edad.

La Contratación deberá realizarse a jornada completa en régimen de alternancia de actividad laboral con actividad formativa, recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Cuantía de las ayudas:

2.940€ por cada contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo por los seis primeros meses del contrato sin perjuicio de la duración que para estos contratos establezca la normativa laboral de aplicación.

Si el contrato se formaliza con un joven, que cumpliendo los requisitos para formalizar este tipo de contrato, hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 3.440€.

Se incrementará en 500€ en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.

Convocatoria: Abierta. Plazo: Indefinido

c) Contratación Estable de Jóvenes.

Destinado a la contratación indefinida de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que supongan incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa, hasta un máximo de 10 contrataciones por beneficiario y año.

No obstante, el requisito de incremento neto del nivel de empleo indefinido no será exigible a las solicitudes correspondientes a contrataciones indefinidas realizadas en 2020, a partir del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Cuantía de las ayudas:

5.500€ por cada contrato indefinido a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea, de al menos, 12 meses.

Si el contrato indefinido se formaliza con un joven, que hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 6.000€.

Se incrementará en 500€ en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo trans.

Para los autónomos que contraten a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000€ que se sumará a la cuantía que corresponda de acuerdo con el perfil de la persona contratada.

En el supuesto de contratación a tiempo parcial el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Convocatoria: Abierta. Plazo: Indefinido

d) Mi primer Empleo Joven.

Destinado a la contratación temporal y posterior conversión en indefinido de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que carezcan de experiencia laboral (máximo 90 días trabajados) o sean personas jóvenes desempleadas de larga duración (inscritos como demandantes de empleo al menos 180 días durante los 360 inmediatamente anteriores a la contratación).

Podrán optar a las subvenciones las empresas que contraten en alguna de las siguientes condiciones:

  • Contratación temporal de 6 meses como mínimo mediante contrato de obra o servicio o eventual por circunstancias de la producción. La contratación debe suponer un incremento del nivel del empleo de la empresa, con un máximo de 10 contrataciones por beneficiario y año.
  • Conversión a indefinido del contrato temporal, a la finalización del período mínimo (a partir del día 181 del contrato) mencionado en el párrafo anterior.

Para las solicitudes correspondientes a contrataciones realizadas en 2020, a partir del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, no se exigirá el requisito relativo a que la contratación suponga un incremento del nivel de empleo.

Cuantía de las ayudas:

6.000€ por cada contrato temporal

Se incrementará en 500€ en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.

3.000€ por cada contrato temporal, cuando a la finalización del período mínimo exigible de 6 meses, se convierta a indefinido

En el supuesto de contratación a  tiempo parcial, el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 75% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Convocatoria: Abierta. Plazo: Indefinido

Incentivos a la contratación indefinida inicial

a) Incentivos para la contratación indefinida inicial.

Para personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.

Cuantía de las ayudas:

  • 4.000€por cada contrato indefinido inicial a tiempo completo.
  • 5.000€por cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a  personas desempleadas que hayan causado baja involuntaria durante el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, incluidas sus prórrogas.
  • 5.500€ por cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a los siguientes colectivos:
    • Mayores de 45 años
    • Personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid
    • Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo con, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.
  • 7.500€ cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a los siguientes colectivos:
    • Personas mayores de 45 años inscritas como personas desempleadas demandantes de empleo con, al menos, 360 días en los 540 días anteriores.
    • Personas desempleadas de larga duración con 24 meses o más en desempleo.

Las cuantías anteriores se incrementarán en 500 € más cuando la persona contratada sea una mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.

Para los autónomos que contraten a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000€ que se sumará a la cuantía que corresponda de acuerdo con el perfil de la persona contratada.

Convocatoria: Abierta. Plazo: Indefinido

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes desde la contratación

b) Incentivos para la Conversión de Contratos Temporales y Formativos en Indefinidos

Con una vigencia mínima de seis meses previos a la fecha de la conversión, cuando las personas contratadas desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.

Cuantía de las ayudas:

3.000 € por cada conversión de contrato temporal o formativo en indefinido a tiempo completo.

En los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en este caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Convocatoria abierta y plazo indefinido. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes desde la contratación.

c) Incentivos a la reincorporación de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la suspensión de contratos por fuerza mayor o causas económicas, técnicas, organizativas o productivas vinculadas a la covid-19.

Cuantía de las ayudas:

3.000 € por cada reincorporación a tiempo completo.

El importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la parcialidad que tenga la jornada del trabajador en el momento de la solicitud y siempre que se trate de parcialidades no inferiores al 62,5 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

En total, será subvencionable un máximo de cinco reincorporaciones y/o restablecimientos de jornada por beneficiario.

ConvocatoriaAbierta desde el 6/08/2020. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de reincorporación del trabajador o del restablecimiento de la jornada para los incentivos c) y d).

d) Incentivos al restablecimiento de la jornada laboral de los trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la reducción de jornada, basados en fuerza mayor o causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la covid-19.

Cuantía de las ayudas:

2.000 € por cada restablecimiento de jornada a tiempo completo.

El importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la parcialidad que tenga la jornada del trabajador en la fecha de la solicitud siempre que se cumpla, a la finalización del procedimiento de reducción, el requisito de restablecimiento de una parcialidad igual o superior a la que tuviera el trabajador antes de quedar afectada por el procedimiento de reducción y ésta no haya sido objeto de reducción previa a la presentación de la solicitud. No serán subvencionables jornadas con una parcialidad inferior al 62,5 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

En total, será subvencionable un máximo de cinco restablecimientos de jornada y/o reincorporaciones por beneficiario.

ConvocatoriaAbierta desde el 6/08/2020. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de reincorporación del trabajador o del restablecimiento de la jornada para los incentivos c) y d).

e) Incentivos para el mantenimiento del empleo de mayores de 50 años.

Siempre que en el periodo comprendido entre el 28 de febrero de 2020 y el día anterior a la presentación de la solicitud, la plantilla media de trabajadores en alta no haya experimentado minoración.

Cuantía de las ayudas:

3.000€ por el mantenimiento del empleo indefinido a tiempo completo de trabajadores mayores de 50 años.

El importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la parcialidad que tenga la jornada del trabajador y siempre que se trate de parcialidades no inferiores al 62,5 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

Serán subvencionable cinco contrataciones indefinidas como máximo por beneficiario.

Se podrá solicitar en el plazo de un mes, en una única solicitud, desde el 6/08/2020 hasta el 6/09/2020.

f) Incentivos por ampliación a jornada completa de contratos indefinidos a tiempo parcial con una antigüedad de, al menos, dos meses.

Siempre que el porcentaje de ampliación de la jornada suponga, al menos, un incremento de un 20 por 100.

Cuantía de las ayudas:

  • 2.000€, cuando la ampliación de la jornada suponga un incremento de, al menos, un 80 por 100.
  • 1.500€, cuando la ampliación de la jornada suponga un incremento igual o superior al 50 por 100 e inferior al 80 por 100.
  • 2.000€, cuando la ampliación de la jornada suponga un incremento igual o superior al 20 por 100 e inferior al 50 por 100.

En todos los supuestos, los incrementos porcentuales se medirán respecto de la jornada a tiempo completo.

Las cuantías de las subvenciones previstas por ampliación a jornada completa de contratos indefinidos a tiempo parcial se incrementarán en 1.000€, respectivamente, cuando la persona trabajadora destinataria de la subvención sea una mujer.

En total, será subvencionable un máximo de diez contrataciones indefinidas a tiempo completo por beneficiario.

Convocatoria: Abierta desde el 6/08/2020. Se podrá solicitar en el plazo de un mes desde la fecha de ampliación del contrato indefinido a tiempo parcial en contrato indefinido a tiempo completo.

Para más detalles, os adjuntamos el enlace a la página de la Comunidad de Madrid, donde vienen todos los requisitos.

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ayudas-e-incentivos-empleo

Si consideráis que podéis optar a alguna de las subvenciones descritas, no dudéis en poneros en contacto con Área Laboral, quienes como siempre, estaremos encantados de ayudaros.