CONCEPTO DE LIQUIDACIÓN La liquidación es el documento que presenta la empresa al trabajador a la fecha de cese, que incluye las cantidades pendientes de pago a dicha fecha Artículo 49.2 Real Decreto Legislativo 2/2015 Ley del Estatuto de los Trabajadores. Por lo general, incluye:
- el salario del mes en curso,
- la parte proporcional de las pagas extras,
- las vacaciones devengadas y no disfrutadas
- Cualquier otro concepto que se le adeude (incentivos, comisiones, bonus, etc.)
- Para el cálculo de los días trabajados en el mes: Se divide el salario bruto mensual entre 30 y se multiplica por los días trabajados en el mes hasta la fecha de cese.
- Respecto de la parte proporcional de pagas: El convenio colectivo nos dirá si las pagas extras se devengan semestral o anualmente.
- En cuanto a las vacaciones: la regla general es que el trabajador tenga 30 días naturales de vacaciones, lo que equivale a 2,5 días por mes trabajado. Su cálculo se realizará teniendo en cuenta una mensualidad de salario si los salarios son iguales todos los meses, o cogiendo el promedio de los últimos 3 meses si éstos son variables. Sobre esta base, se dividirá entre 360 y se multiplicará por los días de vacaciones que tuviera pendientes de disfrute el trabajador.

