REGULACIÓN: Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de inspección de Trabajo y Seguridad Social Social . Orden Ministerial ESS 1452/2016 que regula el Modelo de diligencia de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El 21 de julio de 2015, entro en vigor la Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la que desaparece la obligación para las empresas de adquirir, llevar y diligenciar los Libros de Visitas como venían haciendo hasta la fecha. Cabe recordar que hasta la publicación de ésta ley, empresarios, y trabajadores por cuenta propia como titulares de centros o establecimientos estaban obligados a adquirir, llevar, diligenciar y legalizar ante la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social los Libros de Visitas que a su vez deberán estar permanentemente a disposición de los Inspectores de Trabajo y de Seguridad Social y de los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social y de los funcionarios técnicos habilitados para el ejercicio de actuaciones comprobatorias en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El artículo 21.6 de la Ley 23/2015, regula la documentación de la actuación inspectora:
- Los funcionarios actuantes extenderán diligencia por escrito de cada actuación que realicen con ocasión de las visitas a los centros de trabajo o de las comprobaciones efectuadas mediante comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas.
- Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectores Laborales, con ocasión de cada visita a los centros de trabajo o comprobación por comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen, extenderán diligencia sobre tal actuación, con sujeción a las reglas previstas en esta orden ministerial. 2. Se extenderá una diligencia por cada visita o comprobación, reflejando las materias o aspectos examinados y demás incidencias concurrentes…

