Subida del Salario Mínimo Interprofesional para 2023

El Consejo de ministros acaba de aprobar la subida del SMI para el año 2023, esta vez acordada con los sindicatos CCOO y UGT y sin el acuerdo de la Patronal. Aumenta un 8% sobre el aprobado para 2022 y acumula un 47% de incremento en los últimos 5 años. En este artículo os explicamos los aspectos más relevantes.

Qué es el Salario Mínimo Interprofesional

El salario mínimo interprofesional (SMI) es la cuantía retributiva mínima que debe percibir la persona trabajadora referida a la jornada legal de trabajo para cualquier actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo u edad de las personas trabajadoras, sean fijos y fijas, eventuales, temporeros y temporeras y empleados o empleadas de hogar.

Por regla general, el valor que toma el SMI se fija cada año por el Gobierno, mediante la publicación de un Real Decreto. Para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como el IPC, la productividad media nacional alcanzada o el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.

Generalmente los convenios colectivos sectoriales o de empresa mejoran estos mínimos para las diferentes categorías, pero existe un nutrido número de personas trabajadoras, que se estima en 1,8 millones, a las que les es de aplicación el SMI, bien porque el convenio colectivo de su actividad establece este importe para su grupo profesional, bien porque no haya convenio de aplicación a su actividad, lo que conduce al SMI como referencia mínima obligatoria.

A continuación, os detallamos una secuencia de la evolución del SMI en los últimos años:

Salario Mínimo Interprofesional 2021

El SMI vigente para 2021 era  de 950€/mes, si bien tras el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los sindicatos, al que finalmente no se sumó la patronal, mediante RDL 817/2021 de 28 de septiembre, publicado el 29, se fijó el Salario Mínimo Interprofesional en los siguientes valores:

  • Salario Mínimo diario: 32,17€
  • Salario Mínimo mensual: 965,00€
  • Salario Mínimo anual: 13.510,00€

El RD que aprobó este salario no establecía efectos retroactivos, luego fue efectivo para la nómina de septiembre de 2021.

Salario Mínimo Interprofesional 2022

En esta ocasión, se volvió a reunir la mesa del diálogo social compuesta por el Gobierno, La Patronal y los Sindicatos y al Igual que en el caso anterior, el acuerdo se ha firmado entre Gobierno y Sindicatos sin la suma de La Patronal.

El pasado 22 de febrero, el Consejo de Ministros ha aprobado dicho acuerdo, publicado mediante Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022 en  1.000 euros mensuales, 14.000€ en cómputo anual y se hará con efectos retroactivos al mes de enero. El SMI, en sus diversas modalidades de pago, queda como sigue:

  • Salario Mínimo diario: 33,33€
  • Salario Mínimo mensual: 1.000€
  • Salario Mínimo anual: 14.000€

Se aplicaron efectos retroactivos desde enero de ese año.

Salario Mínimo Interprofesional 2023

Para 2023 la Patronal tampoco ha firmado el acuerdo de subida, habiéndose alcanzado entre los sindicatos más representativos, UGT y CCOO y el Gobierno, lo que se ha aprobado mediante el RD 99/2023 de 14 de febrero en los siguientes términos:

  • Salario Mínimo diario: 36€
  • Salario Mínimo mensual: 1.080€
  • Salario Mínimo anual: 15.120€

Los efectos retroactivos se aplicarán desde enero.

¿Cómo afecta a las personas trabajadoras eventuales y temporeros y temporeras?

En estos casos si los servicios en una misma empresa no exceden de ciento veinte días, percibirán conjuntamente con el salario mínimo interprofesional anteriormente señalado, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como la de las gratificaciones extraordinarias, sin que la cuantía de salario pueda resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad.

SMI para los empleados y empleadas de hogar

Si este colectivo trabaja por horas, en régimen externo, el SMI será de 8.45 euros por hora efectiva trabajada.

Si por el contrario su contrato es a jornada completa, parcial o internas y su retribución es mensual, están afectados/as por el SMI en las mismas condiciones que el resto de personas trabajadoras.

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

¿Desde cuándo es de aplicación?

Esta subida surte efectos a partir de su publicación en el Boe, es decir, el 14 de febrero de 2023 y se establece con efectos retroactivos al 1 de enero.

¿Afecta a todos los trabajadores?

Esta subida sólo afecta a las personas trabajadoras cuyo ámbito de actividad de su empresa no esté sujeto a la aplicación de un convenio colectivo. En general la negociación colectiva mejora en casi todos los sectores el salario mínimo de referencia.

 

Esperamos que esta información os sea de utilidad y como siempre, en Área Laboral estamos a vuestra disposición para ampliar o aclarar cualquier información relacionada con ésta u otras materias en el ámbito laboral.